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Santo Domingo.– La Suprema Corte de Justicia confirmó la condena civil contra el exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez, quien deberá pagar una indemnización de RD$2 millones al periodista Marino Zapete por daños y perjuicios. La decisión mantiene la sentencia que había sido emitida por la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que […]
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Santo Domingo.– La Suprema Corte de Justicia confirmó la condena civil contra el exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez, quien deberá pagar una indemnización de RD$2 millones al periodista Marino Zapete por daños y perjuicios.

La decisión mantiene la sentencia que había sido emitida por la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que ordenó la indemnización a favor del comunicador.

El proceso se originó a raíz de la salida de Zapete del programa que conducía en Teleradioamérica, situación que el periodista atribuyó a presiones ejercidas por Rodríguez cuando se desempeñaba como procurador general.

La condena inicial

La sentencia de la Corte de Apelación, identificada como 1303-2024-SSEN-00306, había establecido el pago de RD$2 millones y un interés judicial de 1.5 % mensual, calculado desde la notificación de la decisión hasta su ejecución.

En esa instancia, los jueces acogieron el recurso presentado por Zapete y revocaron una decisión anterior que había favorecido al exfuncionario.

La defensa de Rodríguez sostuvo durante el proceso que la sentencia no correspondía a una condena por difamación, sino a una reparación civil relacionada con los daños que Zapete alegaba haber sufrido tras su salida del medio de comunicación.

El caso llegó a la Suprema Corte

Después de la decisión de la Corte de Apelación, los abogados de Jean Alain Rodríguez anunciaron que recurrirían en casación ante la Suprema Corte de Justicia para que fueran revisadas las pruebas y los argumentos de las partes.

Con la decisión conocida ahora, la Suprema Corte mantiene la condena económica establecida contra el exprocurador.

El caso ha generado atención debido a que involucra a un antiguo procurador general y a un periodista que durante años ha realizado denuncias y críticas sobre actuaciones de funcionarios públicos.

La decisión corresponde al ámbito civil, por lo que la indemnización se refiere a daños y perjuicios y no constituye una condena penal.

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